Riesgos en Internet

Los peligros de la Red para los menores de edad


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PantallasAmigas debate sobre ciberdelitos en programa “Para Todos La2”

¿Son los ciberdelitos como el grooming, el ciberbullying, la sextorsión o las estafas online una nueva forma de delinquir? PantallasAmigas debatió junto con varios expertos en la materia acerca de nuevas formas que adoptan viejos delitos y la necesidad de adaptar tanto la legislación como a los propios cuerpos policiales y al resto de la sociedad para poder combatir los mismos con mayor agilidad.

Presentado por Marta Cáceres y Juanjo Pardo, el programa Para Todos La 2 está centrado en el interés social y en la participación ciudadana y se emite de lunes a viernes en La 2 de Televisión Española. Durante la emisión del pasado 26 de febrero, se habló sobre algunos de los nuevos fenómenos y riesgos a los que estamos expuestos en la Red. Además de contar con la participación de Urko Fernández, director de proyectos de PantallasAmigas, también asistieron Abraham Pasamar, especialista en informática forense de INCIDE,  y la psicóloga y asesora educativa Isabel Moya.

Isabel hizo especial hincapié en la necesidad de hacer ver a niños, niñas y adolescentes que en la red también hay unas normas que hay que cumplir, y que debido a las nuevas tecnologías las consecuencias de algunos comportamientos negativos son más grandes, ya que el ciberacoso no descansa y sigue a través de los smarpthones y las redes sociales dificultando su tratamiento y eliminación.

Abraham por su parte nos recordó que los delitos son los mismos pero que las nuevas tecnologías han facilitado el aumento de los mismos, y que estos delitos en formato digital dejan rastros que pueden ser utilizados en una investigación policial, aunque teniendo en cuenta que Internet no tiene fronteras y que por tanto la colaboración entre diferentes fuerzas de seguridad y países no siempre es lo suficientemente eficiente como para responder con la diligencia deseable.

Urko Fernández recalcó que una de las claves para frenar este aumento exponencial de riesgos y ciberdelitos es la de aprender a humanizar nuestra vida Online y dejar de virtualizarla, tratando de ser más personas y menos ciborg, y llegar a sentir lo que de verdad está ocurriendo durante nuestras interacciones a través de las nuevas tecnologías. También destacó la importancia de la autoprotección para desenvolvernos con seguridad y evitar los ciberdelitos , ya que así se reduce la probabilidad de ser víctimas en Internet.

En el caso de niños, niñas y adolescentes, que en muchos casos no saben que sus actos pueden incurrir en delito, todos los participantes coincidían en que es necesario educarlos para esta nueva era digital, pero también a familias, docentes y otros miembros de la comunidad educativa.

El debate se puede consultar a partir del minuto 21:26


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«No se debería permitir que los menores de 14 años dispusieran de un teléfono con conexión a internet»

Según la fiscal delegada de Menores para la Comunitat Valenciana, Gema García, todos los días llegan delitos perpetrados con el teléfono móvil a su área de menores. Así lo aseguró el pasado día 7 de agosto durante un curso de verano que la Universidad Católica de Valencia celebraba en Santander. Entre este tipo de delitos se incluyen denuncias referidas a casos de sexting y grooming, explicó García .

La fiscal añadió que el acoso escolar también ha pasado a las nuevas tecnologías dando lugar al llamado ciberbullying, que puede implicar «delitos como injurias, amenazas o contra la intimidad o la integridad personal a través de las redes sociales». Por ello, considera que «no se debería permitir que los menores de 14 años dispusieran de un teléfono con conexión a Internet» para evitar que puedan ser víctimas o incluso autores de estos delitos.

Esa es la edad de responsabilidad penal y según alertó García, hay niños de 10 años que usan estos teléfonos inteligentes sin que los padres les den la «formación necesaria para el conocimiento de los límites».

Fuente: Las Provincias

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Cambios en los delitos informáticos en el nuevo Código Penal español

El 23 de diciembre entró en vigor la enésima reforma del Código Penal español. En él se incluyen algunas variaciones importantes relativas a los ciberdelitos. Analizamos algunas de ellas:

Modificaciones penales sobre ciberdelitos

  • Será delito «borrar, dañar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesibles datos o programas informáticos ajenos y el acceso sin autorización a datos o programas contenidos en un sistema informático» y también «obstaculizar o interrumpir el funcionamiento de un sistema informático ajeno» (por ejemplo un sitio web).
  • Así mismo se castiga «Descubrir y revelar secretos: acceso sin autorización vulnerando las medidas de seguridad a datos o programas informáticos contenidos en un sistema o en parte de él.» En este delito podría incurrir por ejemplo quien accediese a la cuenta de una red social online de otra persona sin permiso, o quien robase sus fotos de sexting, con intenciones de realizar bullying, acoso o sextorsión, por poner algunos casos.
  • El artículo 183 bis tipifica como delito el grooming cuando se intenta llevar a un encuentro físico. Esta nueva figura delictiva pretende sancionar la conducta de quienes por medios telemáticos (Internet o móviles) contacten con menores de 13 años (edad de consentimiento sexual legal en España) para encuentros con fines sexuales:

    «El que a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de trece años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 178 [atentar contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación] a 183 [atentar contra la indemnidad sexual de un menor de trece años] y 189 [captar o utilizar a menores de edad o a incapaces con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico], siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos. Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño».

  • El sexting entre menores podría quedar recogido en dicho artículo 189, sobre la elaboración de material pornográfico o exhibicionista. Dicho artículo establece penas de prisión también para la posesión y difusión:

    El que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere, ofreciere o facilitare la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de material pornográfico en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de edad o incapaces, o lo poseyere para estos fines, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido.

  • Se tipifica como delito la captación de niños para participar en espectáculos pornográficos y la responsabilidad de quien se lucra. Esto podría incluir los casos en que se fuerza o convence (con pago o no) a menores para producir autopornografía con sus webcams o teléfonos móviles.

Críticas a la reforma

Alguna de estas reformas ha sido criticada en ámbitos online, por las siguientes razones:

  • Convertirían en delito algunas prácticas comunes del hacktivismo, como los ataques DDoS, en cumplimiento de una Directiva europea.
  • El definir como delito la obstaculización de un sistema informático es tan vago que podría dar pie a criminalizar muchas formas de protesta online masiva, como el envío masivo de correos electrónicos o la simple visita simultánea a un web.
  • Incluso podrían cometerse delitos de forma totalmente involuntaria, al obstaculizarse por parte de los visitantes el funcionamiento de un web cuyos recursos para la respuesta no estuvieran convenientemente dimensionados, o al interrumplir un proveedor de servicios online el funcionamiento por causas técnicas. También las personas cuyo ordenador haya sido infectado y formen parte de una botnet implicada en un ataque DDoS podrían estar cometiendo un delito, según la nueva formulación del Código Penal.
  • Se critica también que no se refleje la proporcionalidad entre los daños presuntamente causados por una interrupción de protesta de un web, con los que causaría el bloqueo de una carretera o el acceso a un establecimiento público.
  • Se considera de díficil aplicación práctica por la cantidad de ataques en grado de tentativa que realizan habitualmente los robots de los crackers cada pocos minutos en la mayoría de webs.

PantallasAmigas y los delitos online

Guía e-legales para la gente 'legal' de InternetPantallasAmigas, dentro de su objetivo de promover una ciberciudadanía responsable con especial atención a la infancia y a la adolescencia, ofrece en su Guía e-Legales pautas para saberse manejar en los temas legales en Internet: cuándo están cometiendo un delito contra nosotros, cuándo nuestras acciones traspasan el límite de lo legal, etc.

La guía, dirigida a adolescentes, madres, padres y docentes, se estructura en seis apartados:

  • Infracciones legales frecuentes en la Red
  • Acciones ilegales contra las personas
  • Acciones ilegales contra el patrimonio
  • Diez casos prácticos para analizar
  • Para tener muy en cuenta.
  • Falsas creencias que se oyen en los juzgados de menores
  • La Ley se aplica siempre… también a los menores y en Internet
  • Algunas nociones básicas

Fuentes: Barrapunto, La Vanguardia y La Moncloa.

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Las autoridades estadounidenses advierten sobre el aumento de casos de ‘sextorsión’

Del sexting a la sextorsiónAún no hace mucho que empezábamos a hablar del fenómeno del sexting como un riesgo emergente que estaba afectando a adultos y menores. Y ahora está derivando en un nuevo y aún más preocupante peligro: la sextorsión.

Esta forma de chantaje en el que las víctimas son los generadores de sexting está aumentando, según informaron las autoridades a la cadena norteamericana CBS.

En un caso típico mencionado pola la cadena, un chico le aseguró a su novia que las fotos permanecerían como privadas. Pero eso fue sólo hasta que rompieron. Después, él comenzó a amenazarla con enviárselas a gente de la empresa donde ella trabajaba. El temor y la angustia emocional hizo que incluso volviese con él un tiempo, simplemente para evitar la difusión de las fotos de sexting.

Según Parry Aftab, abogada experta en riesgos en Internet, aunque todos podemos ser víctimas si realizamos sexting, los adolescentes son los más vulnerables.

«Cuando un adolescente se hace y envía este tipo de fotos, no quiere bajo ningún concepto que sus padres, el director del colegio o la policía lleguen a verlas», explica Aftab. Esto hace que estén totalmente a merced de posibles chantajistas y extorsionadores, que no siempre piden dinero a cambio de no difundirlas, y que no siempre son el ex-novio o la ex-novia. De hecho, muchos casos de sextorsión implican a absolutos desconocidos que acceden ilegalmente a cuentas de email, redes sociales o a los propios teléfonos móviles, ordenadores o webcams, para robar dichas fotos.

Así que si un depredador sexual quiere que hagan cosas (producir más imágenes o vídeos, o tener relaciones sexuales físicas con ellos) puede forzarles con este material, como de hecho sucedió con un hombre de Nueva York que fue acusado de obligar a una adolescente de Long Island a realizar actos sexuales para él vía webcam.

En otro caso similar localizado por CBS un hombre del estado de Alabama fue condenado a 18 años de prisión por enviar mensajes de correo amenazantes a más de 50 mujeres de quienes había obtenido fotos desnudas. En Wisconsin y California también se han producido casos semejantes de sextorsión.

Los expertos insisten en que el principal consejo para los padres es que se aseguren de que sus hijos acuden a ellos en caso de problemas, y para conseguirlo deben evitarse las reacciones exageradas contra ellos.

Además del peligro de ser víctimas de sextorsiones, los padres deben advertir a los menores que simplemente sacándose fotos pueden estar incurriendo ellos mismos en delitos de producción o distribución de pornografía infantil.

Fuente: CBS

¡Cuida tu imagen online!Para sensibilizar de una manera lúdica a los menores sobre estas y otras cuestiones relativas al uso seguro de nuestra imagen en las TIC, PantallasAmigas ofrece el web CuidaTuImagenOnline.com con el apoyo de la OEI

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Detenidos por presionar a una menor que conocieron en una red social online, a prostituirse

La Policía Nacional ha detenido en Barcelona, Murcia y Palma de Mallorca a 15 personas por chantajear a una menor de edad a través de Internet para que mantuviera relaciones sexuales con ellos a cambio de dinero. Uno de ellos incluso abusó de ella físicamente.

Según la Policía, la víctima era inducida a mantener relaciones sexuales remuneradas con ellos mismos o con terceras personas, a producir material sexual para Internet y al intercambio de material pornográfico a través de distintas redes sociales y servicios de mensajería instantánea, aunque en ocasiones también llegaron a citarse en persona y a forzarla al menos a una relación sexual en contra de su voluntad.

Los hechos fueron denunciados en febrero por la propia menor y su padre.

Los adultos poseían fotografías de la menor desnuda y se intercambiaban diverso material pornográfico en el que también aparecían otros menores.

La policía identificó a los detenidos a través de las conversaciones, correos electrónicos y direcciones IP de los equipos desde los que se comunicaban con la menor.

Se les atribuyen además otros delitos como el exhibicionismo, la provocación sexual (difusión, venta o exhibición de material pornográfico a menores de edad e incapaces) o la tenencia y distribución de pornografía infantil, por haber enviado los detenidos a la menor fotografías de índole sexual de ellos mismos y de otros menores, así como enlaces a webs de carácter pedófilo.

Fuente: ADN

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